Programa de primera experiencia profesional en las administraciones públicas de contratación de personas jóvenes desocupadas en el seno de los servicios prestados por estas administraciones públicas. Convocatoria 2023. Cataluña

Estado


Cerrado

Convocante


Departamento de Empresa y Trabajo. Cataluña

Procedencia


CC.AA.

Objeto


Esta Resolución EMT/2694/2023 tiene por objeto abrir la convocatoria para el año 2023, para la presentación de solicitudes para la  concesión de las subvenciones previstas en la Orden EMT/246/2021, de 27 de diciembre, por la que se  establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, destinadas a la financiación del “Programa de primera experiencia profesional en las administraciones públicas”, de contratación de personas jóvenes desocupadas en el seno de los servicios prestados por estas  administraciones públicas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, – Financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU


La actuación subvencionable consiste en la contratación, en la modalidad de contrato para la obtención de la práctica profesional de las  personas jóvenes destinatarias como medio de adquisición de primeras experiencias profesionales en las administraciones públicas, así como de competencias y habilidades sociales y profesionales, tal como prevé el artículo 5 de la Orden EMT/246/2021, de 27 de diciembre.


El importe máximo estimado destinado a la concesión de estas subvenciones es de 9.408.890,08 euros.

Mediante resolución EMT/4191/2023, de 7 de diciembre, se modifica la Resolución EMT/2694/2023, en su artículo 14, respecto del plazo de ejecución de las actuaciones:

“Artículo 14
Plazo de ejecución
Las actuaciones subvencionables que prevé esta Resolución se pueden iniciar a partir de la fecha de resolución de otorgamiento y hasta el 31 de enero de 2024, y deben finalizar como máximo el 30 de enero de 2025.”

Beneficiarios


3.1 Las entidades beneficiarias de las subvenciones que prevé esta Resolución son las que recoge el artículo 3.1 de la Orden EMT/246/2021, de  27 de diciembre, modificada por la Orden EMT/212/2022, de 19 de septiembre.

1. Podrán ser beneficiarias de la subvención las siguientes entidades, que contraten personas jóvenes trabajadoras desempleadas, mayores de 16 y menores de 30 años:
a) Los órganos de la administración de la Generalitat de Cataluña y sus organismos públicos vinculados o dependientes
b) Las otras entidades del sector público institucional de Cataluña
c) Las corporaciones locales catalanas y/o entidades dependientes o vinculadas a estas.

Plazo, lugar y forma de presentación


El plazo de presentación de solicitudes empieza el día siguiente de la publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de  Catalunya i se extiende hasta el 6 de septiembre del 2023, incluido.


Las solicitudes y otros trámites asociados al procedimiento de concesión de las subvenciones y su justificación deben presentarse según los modelos normalizados y siguiendo las indicaciones que se encuentran en la Plataforma EACAT (https://www.eacat.cat/), concretamente  buscando el nombre del trámite Primera experiencia en administraciones públicas. También puede encontrarse información en la web del  Servicio Público de Empleo de Cataluña (http://serveiocupacio.gencat.cat/ca/inici/).

Documentos adicionales


Conv 2023

ORden EMT 2694-23 BR

Res EMT-4191-23 modf EMT-2694-23

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