Subvenciones adquisición de inmuebles, construcción, reforma o equipamiento de nuevos recursos públicos de carácter comunitario para la atención residencial a personas sin hogar y que fomenten la autonomía y la desinstitucionalización. Bases Reguladoras y Convocatoria. Andalucía.

Estado


Cerrado

Convocante


Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad. Andalucía.

Procedencia


CC.AA.

Objeto


Mediante la Orden de 7 de julio de 2023, se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a entidades locales andaluzas para la construcción, reforma o equipamiento de nuevos recursos públicos de carácter comunitario para la atención residencial a personas sin hogar y que fomenten la autonomía y la desinstitucionalización, con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia, enmarcadas en el ámbito del Convenio suscrito entre el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y la Comunidad Autónoma de Andalucía para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (MRR)


El presupuesto total establecido para la convocatoria será de 10.000.000,00 € con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia.


Conceptos subvencionables:


Serán subvencionables los proyectos de inversión para la adquisición de inmuebles, construcción, reforma y equipamiento de recursos para la atención residencial a personas sin hogar de carácter comunitario y que fomenten la autonomía y la desinstitucionalización.


A) En el ámbito funcional de personas sin hogar en zonas urbanas, los recursos de atención residencial deberán estar enfocados a las diferentes realidades del sinhogarismo en la localidad donde se tenga previsto el recurso.
Estos recursos deberán estar orientados hacia una atención personalizada, el fomento del a autonomía y el desarrollo de espacios de carácter comunitario. Así mismo estos recursos deben garantizar la privacidad y la atención a situaciones de especial vulnerabilidad social y familiar, debiendo contar con un mínimo de 10 plazas.
La subvención no podrá ser destinada a la adquisición de inmuebles, construcción, reforma o equipamiento de albergues o centros de acogida inmediata ya que el objeto de la misma es reorientar el sistema de atención a las personas sin hogar para ofrecer una atención centrada en la autonomía, el empoderamiento, la privacidad y la vida en comunidad.


B) En el ámbito funcional de las personas migrantes sin hogar en municipios con actividad agrícola, se destinarán a la adquisición de inmuebles, construcción, reforma y equipamiento de alternativas habitacionales destinadas a alojar a trabajadores migrantes temporeros e infraestructuras dirigidas al desarrollo e implantación de Planes locales de Erradicación de Asentamientos informales o infraviviendas del ámbito rural, debiendo contar con un mínimo de 10 plazas.

Beneficiarios


Serán beneficiarios las entidades locales andaluzas.

Plazo, lugar y forma de presentación


El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del presente extracto.


El plazo de presentación de solicitudes se abrirá el día 20 de julio de 2023 y se cerrará el 9 de agosto de 2023.

Documentos adicionales


Extracto

Bases Reguladoras

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