Subvención a las entidades locales de la Región de Murcia, titulares de bibliotecas públicas, destinadas a la financiación de adquisición de fondos bibliográficos impresos. Concesión Directa. Murcia.

Estado


Cerrado

Convocante


Consejo de Gobierno de Murcia

Procedencia


CC.AA.

Objeto


Este Decreto n.º 144/2023, tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones a las entidades locales de la Región de Murcia, titulares de bibliotecas públicas, destinadas a la financiación de adquisición de fondos bibliográficos impresos, en el marco del Plan Nacional de Recuperación, Transformación y ResilienciaFinanciado por la Unión Europea - Next Generation EU.


La finalidad de esta subvención es la adquisición de fondos bibliográficos para las bibliotecas públicas municipales de la Región de Murcia como medio para la dinamización de la cultura, la revalorización de la industria cultural y el incremento de la oferta bibliográfica, todo ello con el objetivo de incrementar los
índices de lectura en la Región así como mejorar tanto la calidad en el acceso a la cultura como la oferta cultural ofrecida desde las bibliotecas públicas.


La presente subvención se concederá un importe de 210.640,35 €.


La cuantía individualizada de estas ayudas a las entidades locales de la Región de Murcia, titulares de bibliotecas públicas que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 4, será:


1.º El importe mínimo de 1.500 €, establecido por el Ministerio de Cultura y Deporte, por cada biblioteca.


2.º La cantidad sobrante se distribuirá de forma proporcional atendiendo al criterio de población por municipios. El dato relativo al número de habitantes es el que consta en el padrón municipal del Instituto Nacional de Estadística a fecha 1 de enero de 2021.

Beneficiarios


Tendrán la condición de entidad beneficiaria las entidades locales de la Región de Murcia titulares de bibliotecas públicas que cumplan los siguientes requisitos:


a) Los centros bibliotecarios deben estar incluidos en el Directorio de Bibliotecas Españolas dentro de la tipología de bibliotecas públicas. El directorio está disponible en la siguiente dirección: http://directoriobibliotecas.mcu.es/dimbe.cmd?apartado=portada


b) Los centros bibliotecarios deben formar parte de la recogida de datos anual sobre bibliotecas públicas españolas.


c) Los centros bibliotecarios deberán encontrarse abiertos al público y funcionando con regularidad en el momento de solicitar la subvención.

Plazo, lugar y forma de presentación


Las adquisiciones tendrán que estar realizadas e incorporadas a los catálogos como máximo el 31 de octubre de 2023.

Documentos adicionales


Decreto 144_2023

D 144-23 Correcion error

Compartir en: