Ayudas para la realización de acciones destinadas a la promoción de estilos de vida saludable a través de la creación o rehabilitación de entornos saludables. Segunda convocatoria. FEMP.
Estado
Cerrado
Convocante
Federación Española de Municipios y Provincias
Procedencia
FEMP
Objeto
Con fecha 21 de noviembre de 2022, se ha publicado en la página web de RECS las Bases Reguladoras y la Segunda Convocatoria de Ayudas d entornos saludables en el marco del PRTR.
En estas Bases Reguladoras se establecen los requisitos y procedimientos para la selección y concesión de ayudas de la Segunda Convocatoria para la realización de actuaciones destinadas a la promoción de estilos de vida saludable a través de la creación o rehabilitación de entornos saludables. Podrán ser objeto de financiación:
a. Infraestructuras para la realización de actividad física al aire libre, tanto funcional como recreativa.
b. Infraestructuras de fomento del uso de la bicicleta que, en ningún caso, mermen el espacio destinado al uso peatonal.
c. Rutas o circuitos saludables, seguros y accesibles.
d. Inversiones asimilables de creación de espacios saludables que potencien la actividad física y la salud, así como actuaciones de reorganización del reparto del espacio público a favor de caminar e ir en bicicleta y en detrimento del vehículo motorizado privado. Entre estas inversiones se encuentran la ampliación de aceras, la creación de zonas de juego al aire libre, caminos escolares seguros u otras actuaciones enmarcadas en el urbanismo táctico.
e. Actuaciones para la promoción de estilos de vida saludables en la infancia y la adolescencia, como el diseño de itinerarios seguros a pie y en bicicleta, la creación de espacios peatonales y de juego activo seguro o el calmado de tráfico en los alrededores de centros escolares.
Estas ayudas tendrán la naturaleza jurídica de subvenciones y se concederán en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como con los principios de eficacia y eficiencia de la gestión de las mencionadas ayudas.
Estas ayudas están destinadas a proyectos que ejecuten las Entidades Locales para la creación o rehabilitación de espacios saludables y contribuyen a alcanzar los objetivos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, Palanca VI, Componente 18, Inversión 2 (C18.I2), financiado con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Asimismo, se persigue que los proyectos participen en el logro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) 11.6, 11.7, 3.4 y 3.9 recogidos en la Agenda 2030.
Estas ayudas se desarrollarán en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia objeto de financiación mediante los recursos financieros derivados del Instrumento Europeo de Recuperación («Next Generation EU») y de acuerdo con la concesión directa del Ministerio de Sanidad a la FEMP de una subvención para reforzar la promoción de estilos de vida saludable mediante la creación o rehabilitación de entornos saludables. La dotación prevista para estas ayudas es de 17.848.000,00 euros. La distribución de estos fondos se realizará en tres ejercicios contables.
Para esta segunda convocatoria la dotación máxima es de 8.834.683,66 € y el importe mínimo por solicitud es de 15.000€ y el máximo es de 700.000€.
Esta dotación corresponde a los Convenios-Programa suscritos entre el Ministerio de Sanidad y la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) para el ejercicio 2023, así como a los remanentes de los ejercicios 2021 y 2022 tras la resolución de la primera Convocatoria, en el ámbito del Real Decreto 1070/2021, de 4 de diciembre de 2021, que establecen la siguiente distribución de fondos:
-2.626.683,66€ se corresponden a los remanentes de la Primera convocatoria (ejercicios 2021 y 2022)
- 6.208.000,00€, se corresponden con el ejercicio 2023
En la web de la RECS puede acceder a la plataforma, a través de la cual se realizará la tramitación de esta ayuda, así como a la documentación auxiliar para su tramitación, esto es, Guía de apoyo al Solicitante o información específica del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las Entidades Locales pertenecientes a la Red Española de Ciudades Saludables (RECS) 3 cuya adhesión a la Red esté aprobada con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de solicitud de la ayuda.
Para poder alcanzar la condición de beneficiario, las entidades deberán reunir los siguientes requisitos:
1.Las entidades beneficiarias deberán encontrarse al corriente de pago de la cuota anual a la Red Española de Ciudades Saludables. Sin que sea de aplicación el pago de las cuotas correspondientes al año de publicación de la Convocatoria.
2.No concurrir en alguna de las circunstancias invalidantes para conseguir la condición de entidad beneficiaria previstas en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
3.Ser titulares de los terrenos sobre los que se realizará la actuación solicitada, o contar con su disponibilidad por un plazo igual o superior a 5 años, desde la fecha de solicitud del proyecto en virtud del instrumento jurídico correspondiente garantizando su uso público.
En el caso de las Diputaciones Provinciales, Cabildos o Consells Insulares, que no ostenten esa titularidad de los terrenos, tendrá validez el acuerdo adoptado con el municipio titular del terreno sobre el que se prevé ejecutar la actuación. No obstante, el municipio deberá acreditar su titularidad.
Con fecha 30 de marzo 2023 se emite la resolución provisional de la FEMP pro la que se resuelve la concesión de subvenciones. (ver doc. adjunto)
Plazo, lugar y forma de presentación
El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 21 de noviembre de 2022 y terminará el día 23 de diciembre de 2022 a las 15.00 horas (horario peninsular). Las Bases Reguladoras y Convocatoria están publicadas en la página web de la Red Española de Ciudades Saludables (http://recs.es/)
La presentación de solicitudes se realizará de forma telemática través de la plataforma ubicada en la página web de la Red Española de Ciudades Saludables (http://recs.es), a través de los formularios habilitados al efecto.
Cada Entidad Local podrá presentar varias solicitudes, sin que sea de aplicación un número máximo de solicitudes. Las entidades solicitantes deberán asignar un orden de prioridad 1, 2, 3 y siguientes a las solicitudes a presentar, considerando como más prioritaria la solicitud indicada con “prioridad 1”.
Documentos adicionales
BBRR_y_SEGUNDA_Convocatoria_de_ayudas
PRESENTACIÓN_Segunda Convocatoria Entornos Saludables