Subvenciones dirigidas a actuaciones que promuevan el desarrollo socioeconómico en base a la conservación de sus ecosistemas y biodiversidad en la Reserva de la Biosfera de las Cuencas Altas de los Ríos Manzanares, Lozoya y Guadarrama. Bases reguladoras y Convocatoria 2022. Comunidad de Madrid

Estado


Cerrado

Convocante


Consejería de Medioambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid

Procedencia


CC.AA.

Ámbito


Autonómico

Objeto


La Orden 1933/2022, tiene por objeto establecer las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de ayudas en el año 2022 por parte de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura para la  financiación de actuaciones que promuevan el desarrollo socioeconómico de la Reserva de la Biosfera de las Cuencas Altas de los Ríos Manzanares, Lozoya y Guadarrama de la Comunidad de Madrid, en base a la  conservación y restauración de sus ecosistemas terrestres y su biodiversidad.


Las ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como con los principios de eficacia y eficiencia de la gestión de las mismas.


Finalidad de las ayudas. Las ayudas financiarán actuaciones dirigidas al desarrollo socioeconómico de la Reserva de la Biosfera Cuencas Altas de los ríos Manzanares, Lozoya y Guadarrama, que contribuyan a la  consecución de sus objetivos, en base a la conservación de sus ecosistemas y biodiversidad en consonancia con las siguientes líneas prioritarias:
 Conservación y gestión de la Biodiversidad y de los recursos naturales.
 Fomento del desarrollo sostenible.
 Apoyo a la sostenibilidad del turismo, mejora del patrimonio cultural y del paisaje.
 Medidas de apoyo al manejo agroecológico y forestal sostenible de los recursos naturales y puesta en valor de los conocimientos tradicionales, promoviendo la eficiencia de los recursos y una economía baja en  carbono.


Las ayudas se concederán para la ejecución de actuaciones en los siguientes ámbitos:
— Entidades Locales.
 La plantación de árboles y arbustos en la infraestructura verde con especies autóctonas, sus tutores, protectores y demás obras vinculadas la plantación forestal.
 Los costes asociados a riegos y mantenimientos de plantaciones, así como desbroces y reposición de marras que fueran precisos, vinculados al proyecto objeto de subvención.
 Las técnicas de laboreo del suelo precisas para favorecer la repoblación forestal, así como aquellas otras en suelos erosionados con el objeto de recuperar la cubierta vegetal y/o mejorar los pastos de la zona con  criterios de biodiversidad.
 La mejora de los caminos y viales de uso público, relacionados con la infraestructura verde y necesarios para la correcta gestión del uso público.
 La señalética precisa para la infraestructura verde con criterios informativos.
 La instalación de cualquier mobiliario o inversión necesaria para la correcta implantación de la Infraestructura Verde que favorezca la biodiversidad, la conectividad ecológica, la lucha contra el cambio climático y el uso público sostenible de la misma.
 La construcción o mejora de bienes muebles o inmuebles que tributen al objetivo de la infraestructura verde como hoteles de insectos, primillares, refugios de fauna, centros de divulgación ambiental y cualquier otro relacionado con la mejora de la biodiversidad y la conectividad ecológica de la infraestructura verde.
 La incorporación de instalaciones de energías renovables en inmuebles o equipamientos vinculados a la infraestructura verde.
 La construcción o mejora de equipamientos ganaderos que permitan hacer compatible el aprovechamiento sostenible de la ganadería con la mejora de la biodiversidad.
 La implementación de sistema de gestión aprovechamientos vinculados a la infraestructura verde, tales como setas, apicultura, majadeo u otras que favorezcan la biodiversidad.
 La recuperación de cerramientos de piedra seca colindantes con la infraestructura verde.
 La instalación de muros de piedra necesarios para favorecer a la herpetofauna.
 La recuperación de charcas y láminas de agua para anfibios y aves acuáticas.
 La instalación de cajas nido para favorecer la presencia de aves insectívoras.
 La erradicación de especies exóticas invasoras.
 Las jornadas de acciones formativas vinculadas a la infraestructura verde.
 La realización de eventos para el fomento del conocimiento de la infraestructura verde, así como del respeto y uso sostenible de la misma.
 Los costes generales vinculados a la construcción o mejora de inmuebles y compra de nueva maquinaria y equipo e instalaciones, tales como honorarios de arquitectos, ingenieros y asesoría o estudios de viabilidad  hasta el 12 por 100 de las citadas inversiones


El importe máximo a conceder por cada solicitud de ayuda será de hasta 100.000 euros por entidad local. La cuantía de la subvención a percibir por cada beneficiario podrá llegar al 100 por 100 del total del gasto subvencionable.


La dotación máxima global de la convocatoria es de hasta 813.042 euros, distribuidos en 463.042 euros para entidades locales y 350.000 euros para entidades sin ánimo de lucro.

Beneficiarios


Podrán obtener la condición de beneficiarios al amparo de estas bases reguladoras y convocatoria, en los términos establecidos en las mismas y siempre que cumplan los requisitos exigidos:


— Entidades Locales. Municipios y mancomunidades de municipios (Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid) que conforman la Reserva de la Biosfera de las Cuencas Altas de los Ríos Manzanares, Lozoya y Guadarrama.
Estos municipios son: Guadarrama, Alpedrete, Collado Mediano, Los Molinos, Cercedilla, Rascafría, Miraflores de la Sierra, Lozoya, Pinilla del Valle, Alameda del Valle, Navarredonda y San Mamés, Navacerrada, Becerril de la Sierra, Manzanares el Real, Moralzarzal, El Boalo y Soto del Real, en su totalidad, y parte del ámbito territorial de los municipios de Alcobendas, Colmenar Viejo, Collado Villalba, Galapagar, Hoyo de Manzanares, Las Rozas de Madrid, Madrid, San Sebastián de los Reyes, Torrelodones y Tres Cantos.


— Entidades sin ánimo de lucro cuyos fines estatutarios se dirijan a la realización de actuaciones en materia de conservación de la naturaleza o el desarrollo rural o local en la Reserva de la Biosfera.

Plazo, lugar y forma de presentación


El plazo para la presentación de solicitudes será de 15 días hábiles desde el día siguiente a la fecha de publicación del extracto de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, que ha sido el 12 de julio, por lo que el plazo finaliza el 2 de agosto de 2022.

Documentos adicionales


Orden 1933-22 Extracto

Orden 1933-22

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