Subvenciones para la mejora y renovación de las redes de abastecimiento de agua en baja de los municipios pequeños y medianos de Cataluña. Bases reguladoras y Convocatoria. Cataluña

Estado


Cerrado

Convocante


Departamento de la Presidencia. Cataluña

Procedencia


CC.AA.

Ámbito


Autonómico

Objeto


Mediante la Resolución 2115/2022, se abre la convocatoria pública para presentar las solicitudes de subvenciones para la mejora y renovación de las redes de abastecimiento de agua en baja de los municipios pequeños y medianos de Cataluña en el marco de las ayudas europeas  NextGenerationEU, correspondientes al componente 5, “Preservación del litoral y recursos hídricos”, medida de inversión núm. 1, “Materialización de actuaciones de depuración, saneamiento, eficiencia, ahorro, reutilización y seguridad de infraestructuras” del Plan de  recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU.


El procedimiento para la concesión de las subvenciones objeto de esta convocatoria se rige por las bases reguladoras aprobadas por la Orden PRE/140/2022, de 13 de junio (DOGC núm. 8689, de 15.6.2022).


La dotación máxima de la convocatoria es de 9.823.916,70 euros

Beneficiarios


Pueden ser beneficiarios de estas subvenciones, de acuerdo con lo que dispone la base reguladora 3 del anexo de la Orden PRE/140/2022, de 13 de junio, y siempre que cumplan los requisitos de la base 4 del mismo anexo, las siguientes personas jurídicas:


a) Los ayuntamientos de municipios de menos de 20.000 habitantes y entidades municipales descentralizadas  de municipios de menos de  20.000 habitantes.
b) Las mancomunidades de municipios, los consejos comarcales, y otros entes de derecho público que tengan delegada la competencia de  gestión del servicio de abastecimiento de agua en baja o que sean titulares de infraestructuras de suministro de agua en baja, respecto de los municipios de menos de 20.000 habitantes.

Plazo, lugar y forma de presentación


Las solicitudes de subvención y la documentación, en anexo, preceptiva han de presentar en el plazo máximo de un mes, a contar desde el día siguiente de la fecha de publicación de esta convocatoria en el DOGC, que ha sido el 7 de julio, por lo que el plazo finaliza el 8 de agosto de 2022.


Las solicitudes de subvención, una por ente y proyecto, con las actuaciones previstas dentro de cada proyecto y los datos, así como con la documentación anexa preceptiva, de acuerdo con lo que prevé la base 10 de la Orden PRE/140/ 2022, de 13 de junio, y también el resto de trámites asociados al procedimiento de concesión de estas subvenciones y su justificación correspondiente, las debe formalizar y enviar el secretario o secretaria del ente local mediante la Extranet de las Administraciones Catalanas (EACAT), en la dirección eacat.cat, dentro de los plazos correspondientes, de acuerdo con los modelos normalizados, de uso obligatorio disponibles junto con la información de todo el trámite en el mismo EACAT. Estos documentos se consideran presentados en la Administración de la Generalitat de Catalunya cuando se registren los formularios específicos en EACAT.


 

Documentos adicionales


Res PRE-2115-22 Convoc

Orden PRE-140-22 BR

Orden PRE 140-22 Corr error

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