Resolución de 12 de noviembre de 2024, convocatoria de ayudas para actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio.
Estado
Abierto
Convocante
Consejería de Ordenación del Territorio, Urbanismo, Vivienda y Derechos Ciudadanos.
Procedencia
CC.AA.
Ámbito
Principado de Asturias
Importe
Ver cláusula sexta de la convocatoria.
Objeto
El componente 2 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España responde a la necesidad de adaptar el parque de edificios y viviendas en España a los retos nacionales y europeos en materia de sostenibilidad, en entornos urbanos y rurales. Para la consecución de estos objetivos, el componente 2 establece un conjunto de reformas e inversiones que permitirán avanzar específicamente en materia de rehabilitación edificatoria residencial. En este contexto, dentro de la inversión C02.I01 «Programa de rehabilitación para la recuperación económica y social en entornos residenciales» se encuadra el programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio (programa 3).
En consecuencia, este programa tiene por objeto, tanto en ámbito urbano como rural, financiar obras o actuaciones en los edificios de uso predominante residencial en las que se obtenga una mejora acreditada de la eficiencia energética, con especial atención a la envolvente edificatoria en edificios de tipología residencial colectiva, incluyendo sus viviendas, y en las viviendas unifamiliares.
Beneficiarios
a) Los propietarios o usufructuarios de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila y de edificios existentes de tipología residencial de vivienda colectiva, así como de sus viviendas, bien sean personas físicas o bien tengan personalidad jurídica de naturaleza privada o pública.
b) Las administraciones públicas y los organismos y demás entidades de derecho público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las administraciones públicas propietarias de los inmuebles.
c) Las comunidades de propietarios, o las agrupaciones de comunidades de propietarios constituidas conforme a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal o equivalente en normas forales de aplicación.
d) Los propietarios que, de forma agrupada, sean propietarios de edificios que reúnan los requisitos establecidos por el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal.
e) Las sociedades cooperativas compuestas de forma agrupada por propietarios de viviendas o edificios que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil, así como por los propietarios que conforman comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios constituidos conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal, o equivalente en normas forales de aplicación, y por cooperativas en régimen de cesión de uso de sus viviendas.
f) Las empresas arrendatarias o concesionarias de los edificios, así como cooperativas que acrediten dicha condición, mediante contrato vigente, que les otorgue la facultad expresa para acometer las obras de rehabilitación objeto del programa.
Plazo, lugar y forma de presentación
El plazo para la presentación de solicitudes finalizará el 30 de junio de 2025 y dará comienzo el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias: 21/11/2024.
Otros datos: En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) está publicada la ficha de servicio de la convocatoria, con el código A YUD0421T02, en la que se encontrará información resumida, la resolución de la convocatoria completa y el formulario normalizado de solicitud, el resto de los anexos, así como el acceso para iniciar electrónicamente la solicitud.
Documentos adicionales
Extracto de la Resolución de 12 de noviembre de 2024_CONVOCATORIA