Resolución de 22 de octubre de 2024 Programa Emplea-T.
Estado
Cerrado
Convocante
Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo.
Procedencia
CC.AA.
Ámbito
Andalucía
Importe
Serán subvencionables las contrataciones en los grupos de cotización del 1 al 3 formalizadas con las personas previstas en el artículo 26.1 de las bases reguladoras, que cumplan los requisitos para formalizar un contrato formativo para la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios, conforme lo dispuesto en el artículo 11.3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
Las subvenciones se destinarán a la financiación de los costes laborales y de seguridad social de las personas jóvenes trabajadoras objeto de esta subvención. En todo caso, el importe de la subvención a conceder no podrá ser superior al importe solicitado. El importe de la subvención concedida no determinará el coste salarial y de seguridad social de las personas contratadas, cuyas retribuciones se fijarán de acuerdo con la normativa que legal o convencionalmente resulte de aplicación en cada entidad local beneficiaria. La cuantía de la subvención se establece por grupos de cotización a la Seguridad Social de cada una de las personas a contratar, siendo las siguientes:
a) Grupo de cotización 1: 25.000 euros por persona contratada.
b) Grupo de cotización 2: 23.000 euros por persona contratada.
c) Grupo de cotización 3: 21.000 euros por persona contratada.
La cuantía establecida en el apartado anterior podrá verse incrementada en 1.000 euros cuando la ocupación de la persona contratada esté comprendida entre las recogidas en la disposición adicional cuarta «Listado de Empleos Verdes para la Línea 7» de las bases reguladoras.
Objeto
Convocar para el ejercicio 2024, la concesión de las siguientes líneas de subvenciones reguladas en la Orden de 3 de octubre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para la inserción laboral y el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Programa Emplea-T:
a) Línea 1. Incentivo a la primera contratación indefinida ordinaria por parte de personas trabajadoras autónomas.
b) Línea 2. Incentivo a la segunda o sucesivas contrataciones indefinidas ordinarias por parte de personas trabajadoras autónomas, y a cualquier contratación indefinida ordinaria por parte de pymes.
c) Línea 4. Incentivo a la contratación indefinida ordinaria de personas con discapacidad por parte de personas trabajadoras autónomas y pymes.
d) Línea 7. Incentivo para el fomento del empleo de personas jóvenes menores de 30 años beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil por parte de corporaciones locales.
Estas ayudas podrán ser financiadas con cargo tanto a fondos propios de la Junta de Andalucía, como a fondos del Programa Fondo Social Europeo Plus (en adelante, FSE+) para Andalucía 2021-2027.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones personas autónomas, pymes y corporaciones locales.
Plazo, lugar y forma de presentación
El plazo para la presentación de las solicitudes para las Líneas 1, 2 y 4 será desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto de la convocatoria hasta el 30 de abril de 2025. El plazo de presentación de solicitudes para la Línea 7 será de 10 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto de la convocatoria.
Las solicitudes de las subvenciones se cumplimentarán de forma electrónica en el formulario normalizado (Anexo I), que se publicará junto con el extracto de la convocatoria y que recoge los extremos que se determinan en las bases reguladoras de la subvención, según lo dispuesto en su artículo 33.1 y 3.
Documentos adicionales