Resolución de 4 de septiembre de 2024 ayudas para la construcción o adecuación de áreas especiales de acogida de autocaravanas en tránsito.
Estado
Cerrado
Convocante
Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo. Principado de Asturias
Procedencia
CC.AA.
Ámbito
PRINCIPADO DE ASTURIAS
Importe
La cuantía de las subvenciones por proyecto, que en ningún caso podrá exceder del crédito autorizado, no podrá superar el 100% de los costes subvencionables, con el límite máximo de 125.000 €
Objeto
Las subvenciones otorgadas al amparo de las presenten bases tienen por finalidad la
ejecución parcial de la Inversión C14.I1, Submedida 2, del Componente 14 “Plan de
modernización y competitividad del sector turístico” del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia del Gobierno de España, de acuerdo con la normativa
reguladora del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y del Plan de Recuperación
a nivel europeo y nacional, dentro de la que se incardinan los Planes Territoriales de
Sostenibilidad Turística en Destinos elaborados en cada Comunidad Autónoma, y en
concreto el Plan Territorial del Principado de Asturias 2022, dentro de cuya ACD se
incluye la actuación denominada “Desarrollo de áreas modelo para autocaravanas”.
Las presentes bases tienen por objeto regular la concesión, en régimen de
concurrencia no competitiva, de subvenciones a entidades locales del Principado de
Asturias para financiar la realización de áreas especiales de acogida de autocaravanas
en tránsito de categoría básica o la transformación en éstas de zonas de
estacionamiento de autocaravanas ya existentes que contribuyan a facilitar la
movilidad del visitante en el territorio y la adecuada gestión de los residuos que
producen este tipo de vehículos.
Se considera un área especial de acogida de autocaravanas en tránsito el espacio
definido como tal por el artículo 1.3 b) del Decreto 61/2022, de 23 de septiembre, de
Ordenación de campamentos de turismo y áreas especiales de acogida de
autocaravanas en tránsito del Principado de Asturias (BOPA n.º 191, de 4 de octubre
de 2022).
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las entidades locales del Principado de
Asturias, enumeradas en el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del
Régimen Local, organismos autónomos locales y consorcios, así como las entidades,
organismos o empresas públicas dependientes de ellas.
Plazo, lugar y forma de presentación
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 15 de octubre de 2024 y
comenzará al día siguiente de la publicación del extracto de la presente convocatoria
en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Fecha de publicación del extracto: 11/09/2024.
En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) se
encuentra publicada la ficha de servicio que se podrá localizar introduciendo el código
AYUD0461T01 en el buscador de cabecera (situado en la parte superior derecha de la
página) seleccionando posteriormente la opción que aparecerá en “Resultados de
servicio y trámites” y que enlaza con la mencionada ficha, en la que se ubica el texto
íntegro de la Resolución, información complementaria, el formulario normalizado de
solicitud y la posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud.
Documentos adicionales