ORDEN de 31 de julio de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras que han de regir la concesión de subvenciones para la “Transición verde”, cofinanciadas en el ámbito del programa FEDER Canarias 2021-2027.
Estado
Pendiente convocatoria
Convocante
Consejería de Transición Ecológica y Energía. Canarias
Procedencia
Gobierno de España
Importe
Los porcentajes máximos de subvención sobre el coste subvencionable establecido es del 45% para Ayuntamientos y Cabildos.
Objeto
El objeto de las presentes bases es establecer las normas por las que se regirá la concesión de subvenciones para la “Transición verde”, esto es, mejora de la eficiencia energética, el uso de energías renovables y la implantación de sistemas, redes inteligentes y equipos de almacenamiento de energía, enmarcadas en el Programa FEDER de Canarias 2021-2027, prioridad P2A: “Transición verde”, con los objetivos específicos RSO2.1, RSO2.2 y RSO2.3, mejorando la eficiencia energética, aumentando el uso de las energías renovables y el almacenamiento energético en los edificios y en las infraestructuras de las administraciones públicas, tanto regional, insular, local como institucional; las empresas con independencia de su tamaño, especialmente las del sector servicios y las industriales; personas físicas y jurídicas en los que respecta al sector residencial, incluyendo los usuarios de viviendas sociales; las comunidades energéticas; y las entidades del tercer sector.
Beneficiarios
Las empresas (incluidas las empresas de servicios energéticos definidas en la Directiva 2006/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo), particulares, Comunidades Energéticas, Administraciones públicas (Ayuntamientos y Cabildos) y entidades del tercer sector que reúnan los requisitos recogidos en la base 2 de la presente orden, en el momento de presentación de la solicitud.
Plazo, lugar y forma de presentación
Se establecerán convocatorias para cada anualidad mediante Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de energía publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y un extracto de la misma en el Boletín Oficial de Canarias, en la que se indiquen los créditos presupuestarios a los que se imputa y cuantía total máxima de las subvenciones para cada ejercicio, el plazo de presentación de solicitudes, el plazo de resolución y notificación, así como la fecha en que estas bases han sido publicadas.
La presentación de solicitudes se realizará obligatoriamente a través de la sede electrónica la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, y cuya ruta de acceso se definirá en la correspondiente convocatoria.
Documentos adicionales