RESOLUCIÓN TER/3529/2024, de 30 de septiembre, por la que se convocan subvenciones destinadas a entes locales, entidades supramunicipales, personas físicas, personas jurídicas sin ánimo de lucro, asociaciones de municipios y entidades de derecho público para la financiación de actuaciones en la zona de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Aigüestortes y Estany de Sant Maurici en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, correspondientes a 2024-2026.
Estado
Cerrado
Convocante
Departamento de Territorio, Vivienda y Transición Ecológica.
Procedencia
CC.AA.
Importe
La cuantía se determina según el apartado 4 de las bases reguladoras y la intensidad máxima o porcentaje de subvención puede ser de hasta el 100% del presupuesto elegible.
El importe mínimo del gasto subvencionable (mínimo importe elegible) se establece en 1.500,00 euros, por debajo del cual no se otorga ninguna subvención por cuestión de eficacia y eficiencia administrativa.
Objeto
El objeto de las subvenciones que establece la Orden ACC/174/2024, de 19 de julio, es financiar actuaciones que contribuyan al desarrollo sostenible de las poblaciones de la zona de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Aigüestortes y Estany de Sant Maurici para su conservación, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia–financiado por la Unión Europea– NextGenerationEU.
Se consideran subvencionables las inversiones en las áreas de influencia socioeconómica referidas a:
a) Iniciativas públicas tendentes a la modernización de las infraestructuras urbanas, periurbanas y rurales destinadas al uso general, así como a la diversificación y mejora de los servicios prestados por la Administración local, cuando tengan una relación directa con los fines y objetivos relacionados con la conservación de la biodiversidad, que las normas de declaración del Parque Nacional o sus instrumentos de planificación establecen.
b) Iniciativas públicas o privadas destinadas a la conservación del patrimonio natural, siempre que presenten un valor ecológico manifiesto.
c) Iniciativas públicas o privadas orientadas a la eliminación de cualquier tipo de impacto en los valores naturales o culturales que justificaron la creación del Parque Nacional, incluyendo el impacto visual en la percepción estética del Parque Nacional que las infraestructuras preexistentes ocasionen.
d) Iniciativas públicas o privadas dirigidas a garantizar la compatibilidad de las actividades y usos tradicionales con la finalidad y los objetivos del Parque Nacional en materia de conservación de la biodiversidad.
e) Iniciativas públicas o privadas destinadas a la conservación o la restauración del patrimonio arquitectónico, así como aquellas que contribuyan a la recuperación de la tipología constructiva tradicional, siempre que presenten un valor histórico-artístico o cultural manifiesto a escala local, sirvan para la difusión, la información a visitantes, el uso público, y estén vinculadas a actividades de gestión del medio natural.
f) Iniciativas privadas destinadas a la puesta en marcha de actividades económicas relacionadas con el Parque Nacional; en particular, las relacionadas con la prestación de servicios de atención e información a visitantes y la comercialización de productos artesanos que cuenten con algún sello o acreditación que declare su procedencia de prácticas compatibles con la conservación de la biodiversidad.
Beneficiarios
Pueden ser beneficiarios, entre otros, los siguientes:
a) Los entes locales que estén situados en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Aigüestortes y Estany de Sant Maurici. Los municipios integrantes son: La Vall de Boí, Espot, Vielha e Mijaran, Naut Aran, Esterri d'Àneu, La Torre de Cabdella, Vilaller, La Guingueta d'Àneu, Sort y Alt Àneu.
b) Las entidades locales menores y las entidades supramunicipales, cuando uno o más de los ayuntamientos que las integran estén situados en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Aigüestortes y Estany de Sant Maurici.
c) Las asociaciones de municipios incluidos en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Aigüestortes y Estany de Sant Maurici, constituidas para la promoción de actividades de desarrollo sostenible.
d) Las entidades de derecho público constituidas al amparo de alguna legislación sectorial en materia de recursos naturales renovables y que desarrollen una actividad que esté relacionada con realizar un aprovechamiento ordenado en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Aigüestortes y Estany de Sant Maurici.
Plazo, lugar y forma de presentación
El plazo de presentación de solicitudes es de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.
Fecha de publicación de la Resolución: 07/10/2024.
En caso de que la persona solicitante sea una Administración pública o una entidad dependiente, o participada mayoritariamente por aquella Administración, domiciliada en Cataluña, debe formalizar la solicitud para acogerse a estas subvenciones en un impreso normalizado que se puede descargar de la Extranet de las administraciones catalanas http://www.eacat.cat.
Documentos adicionales