Concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de la digitalización del control de los usos del agua urbana en redes de abastecimientos de municipios menores de 20.000 habitantes. Bases reguladoras y Convocatoria 2024. ANDALUCÍA.
Estado
Cerrado
Convocante
Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. Andalucía
Procedencia
CC.AA.
Objeto
El objeto de la Orden de 30 de noviembre de 2023 (BOJA de 12 de diciembre) es establecer las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de la digitalización del control de los usos del agua urbana en redes de abastecimientos de municipios menores de 20.000 habitantes en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
En el BOJA de 29 de enero de 2024 se ha publicado una corrección de errores de estas bases reguladoras.
Mediante la Orden de 10 de mayo de 2024, publicada en el BOJA del 23 de mayo, se convocan para el año 2024 subvenciones.
Esta subvención tiene por objeto las ayudas para proyectos de inversiones para la digitalización de los sistemas de abastecimiento para la mejora de la eficiencia, permitiendo detectar de forma precoz fugas, roturas y filtraciones en redes de municipios menores de 20.000 habitantes de Andalucía.
Se contemplan actuaciones de 2 tipos:
- Tipo A: Intervenciones específicas de mejora de la eficiencia y digitalización del ciclo urbano del agua:
- A.1. Actuaciones de mejora de la eficiencia y digitalización centradas en las infraestructuras de captación del agua o puntos de entrega para el uso público y en especial, sobre las captaciones directas al dominio público hidráulico, tanto superficiales como subterráneas.
- A.2. Actuaciones de mejora de la eficiencia y digitalización sobre cualquier elemento del sistema de abastecimiento, incluyendo redes de distribución, acometidas de interés público que afecten a una pluralidad de personas usuarias, que en conjunto fomenten a su vez la telegestión y la telelectura del sistema.
Las dos tipologías de actuaciones podrán complementarse con las actuaciones estructurales necesarias para la implantación de las actuaciones de mejora de la eficiencia proyectadas, incluyendo reparaciones y mejoras técnicas en los sistemas de abastecimiento, que permitan, entre otras actuaciones, el incremento de volúmenes tratados, la disminución de pérdidas, la correcta sensorización de los elementos anteriormente citados, así como todas las herramientas de comunicaciones necesarias para el desarrollo de las mismas, y en especial, aquellas destinadas a la implantación de tecnologías de la información Internet of Things (IoT).
- Tipo B: Elaboración/actualización o mejora de plataformas o sistemas de información y herramientas digitales en relación con el tratamiento, la reutilización de datos obtenidos de las actuaciones tipo A y la puesta en valor de toda la información generada de forma que permita una mejor gestión interna del ciclo urbano del agua y que se fomente la transparencia en la gestión del ciclo urbano del agua en el ámbito territorial de proyecto, fomentando la mejora de la eficiencia, el incremento de volúmenes tratados, la disminución de las pérdidas de agua, la mejora en la gestión de las infraestructuras de tratamiento, todo ello también para situaciones ordinarias como para la gestión de los sistemas en episodios de precipitación, fomentando el avance de la gestión hacia una gestión inteligente del ámbito urbano del proyecto (Smart city) y la ciberseguridad de cualquiera de los sistemas de gestión existentes o que se vayan a desarrollar en el marco de los proyectos incluidos en el ámbito de la presente convocatoria.
Un proyecto podrá incluir actuaciones del Tipo A y B. Solo se admitirá un proyecto por municipio o entidad local autónoma que podrá incluir actuaciones de Tipo A y Tipo B.
La concesión de estas subvenciones se financiará por la cuantía total máxima de 7.611.000 euros. El porcentaje máximo de la subvención será del 100% del coste total del presupuesto subvencionable del proyecto (IVA y otros impuestos excluidos) y la cuantía máxima por subvención será de 100.000€ por proyecto (Actuaciones Tipo A + Tipo B).
El periodo de ejecución material del proyecto, así como de los pagos reales y efectivos realizados con cargo a los mismos, estará comprendido entre 1 de febrero de 2020, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en artículo 5, y como máximo el 1 de junio de 2026, sin perjuicio de lo establecido en las bases reguladoras, especialmente en el artículo 19.4, donde se establece la posibilidad extraordinaria de un máximo de doce (12) meses de prórroga del plazo de ejecución de los proyectos, sin que se pueda superar en ningún caso la fecha del 1 de junio de 2026.
A fin de cumplir los objetivos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, los beneficiarios deberán certificar el inicio de las actuaciones objeto de subvención en el plazo de nueve (9) meses desde el otorgamiento de la ayuda, así como la ejecución al menos del 40 % del importe del coste subvencionable de las actuaciones previstas en el plazo de dieciocho (18) meses desde el otorgamiento de la ayuda.
Beneficiarios
Los ayuntamientos, entidades locales autónomas, y las personas jurídicas que sean operadores, en cualquier tipo de modalidad de conformidad con lo establecido en la normativa aplicable, de los servicios de abastecimiento en uno o varios términos municipales, tanto en el supuesto de la prestación de dichos servicios en régimen de gestión directa, con expresa inclusión de los consorcios públicos y cualquier otra corporación de derecho público relacionada con la gestión del ciclo del agua, como en el supuesto de la prestación de dichos servicios en régimen de gestión indirecta, mediante las distintas formas previstas en la normativa aplicable, con una población de derecho inferior a 20.000 habitantes a 1 de enero de 2022 en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y que presenten proyectos que fomenten la mejora de la digitalización del ciclo urbano del agua de los sistemas de abastecimiento en esos municipios, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de conformidad con el apartado 4.a) del cuadro resumen de las bases reguladoras de 30 de noviembre de 2023.
Se presentará una única solicitud por cada municipio o entidad local autónoma que contenga un único proyecto con todas las actuaciones objeto de la subvención. Las entidades operadoras podrán presentar varias solicitudes siempre que sea una por cada municipio o entidad local autónoma de su ámbito competencial.
Plazo, lugar y forma de presentación
El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, que ha sido el 23 de mayo, por lo que el plazo finaliza el 24 de junio de 2024.
Las solicitudes se presentarán en el Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía a través del siguiente enlace del Canal de la Administración Electrónica de la página web de la Junta de Andalucía: ttps://juntadeandalucia.es/ servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25315.html#toc-c-mo-realizar-el-tr-mite
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