Ayudas a la movilidad eléctrica Programa MOVES III: Valencia
Estado
Abierto
Convocante
Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE)
Procedencia
CC.AA.
Ámbito
Autonómico
Objeto
Adquisiciones de vehículos eléctricos y puntos de recarga de vehículos eléctricos por personas físicas, autónomos, comunidades de propietarios y entidades públicas siempre que no ejerzan actividades económicas por las cuales ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado
Convocar las ayudas del IVACE para la adquisición de vehículos eléctricos «enchufables» y de pila de combustible y puntos de recarga, con la finalidad de incentivar la adquisición en la Comunitat Valenciana de vehículos eficientes que utilizan energías alternativas a los combustibles convencionales, fomentando así la disminución de las emisiones de CO2 y de otras emisiones contaminantes, la mejora de la calidad del aire, el ahorro energético y la diversificación de las fuentes energéticas en el transporte, así como la consiguiente reducción de la dependencia de los productos petrolíferos.
Acceso a las convocatorias (programas de incentivos 1 y 2) en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/575248
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/577022
Acceso a la convocatoria de adquisición de vehículos: https://dogv.gva.es/va/resultat-dogv?signatura=2021/7785&L=0
Acceso a la convocatoria de adquisición de puntos de recarga: https://dogv.gva.es/datos/2021/07/29/pdf/2021_8200.pdf
Mediante la Resolución de 20 de junio de 2024, se amplía el presupuesto de la presente convocatoria em 21.125.000 euros la dotación presupuestaria correspondiente a la convocatoria de ayudas para la adquisición de vehículos eléctricos enchufables.
Mediante Resolución de 26 de junio de 2024 y su extracto, publicados en el DOGV del 4 de julio 2024, se publica la ampliación del presupuesto para el MOVES III en la cantidad de 4 millones de euros, quedando en consecuencia el presupuesto en 37.000.780€
Beneficiarios
Podrán acogerse a estas ayudas las personas y entidades que se enumeran a continuación:
a) Las personas físicas que desarrollen actividades económicas, por las que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado (profesionales autónomos), que tengan su domicilio de la actividad en la Comunitat Valenciana y que estén dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
b) Las personas físicas mayores de edad, a excepción de los casos de discapacidad, que podrán ser menores de edad, con residencia en la Comunitat Valenciana, no incluidas en el anterior apartado.
c) Las Comunidades de propietarios con domicilio en la Comunitat Valenciana, que habrán de cumplir con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en particular con lo establecido en su artículo 11.3.
d) Las personas jurídicas, válidamente constituidas en España en el momento de presentar la solicitud de ayuda, y otras entidades, con o sin personalidad jurídica, cuyo Número de Identificación Fiscal (NIF) comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, R o W, que tengan su domicilio social en la Comunitat Valenciana o bien que desarrollen su actividad, cuenten con una sede y tengan parte de su plantilla en la Comunitat Valenciana. También serán elegibles las Entidades de Conservación de Polígonos o Sociedades Agrarias de Transformación cuyo NIF comience por V.
e) Las entidades locales conforme al artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y el sector público institucional de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, que realicen su actividad en la Comunitat Valenciana.
Plazo, lugar y forma de presentación
El plazo de presentación de solicitudes a este programa de ayudas se iniciará el día 29 de julio de 2021 y finalizará el 31 de diciembre de 2023,
Se presentarán las solicitudes a través de la pagina web de IVACE.
Más info en: http://moves.ivace.es/es/home-moves
Mediante Resolución de 21 de diciembre de 2023 se modifica la Resolución de 14 de julio de 2021, entre otros, en el siguiente apartado:
«El plazo de presentación de solicitudes a este programa de ayudas se iniciará el 29 de julio de 2021 y finalizará el 31 de julio de 2024, plazo a partir del cual no serán admitidas más solicitudes.
Mediante resolución de 27 de diciembre de 2023, se modifica entre otros aspectos, el plazo para la presentación de solicitudes.
«El plazo de presentación de solicitudes a este programa de ayudas se iniciará el 8 de octubre de 2021 y finalizará el 31 de julio de 2024
Mediante la Resolución de 18 de julio de 2024, se amplía el plazo de presentación de solicitudes hasta el 31 de diciembre de 2024.
Documentos adicionales