Resolución de 21 de septiembre de 2026, de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se realiza la convocatoria de los incentivos para el uso eficiente de la energía en el sector residencial y edificios e instalaciones públicas en Andalucía.
Estado
Abierto
Convocante
Consejería de Universidad, Industria, Energía e Innovacioón
Procedencia
CC.AA.
Importe
La cuantía se calcula mediante módulos por costes unitarios de ejecución (Anexo V). Al coste incentivable se le aplica el porcentaje de incentivo base y, en su caso, el porcentaje adicional previsto en el apartado 5 del Cuadro Resumen y en el Catálogo de Actuaciones (Anexo II) de la Orden de 24 de abril de 2025. El coste unitario se incrementa un 3% por costes fijos, y el coste incentivable total un 7% por costes indirectos y un 21% por IVA. Cuando la entidad local contrata mediante servicios energéticos, el coste unitario se multiplica por 0,3.
El incentivo mínimo a solicitar para el subtipo 1.2.1 es de 10.000 euros. La cuantía máxima es la establecida en el apartado 5.a) del Cuadro Resumen de las bases reguladoras.
Para incentivos superiores a 15.000 euros se admite un pago anticipado del 15% sin garantía o del 40% con garantía.
La dotación total de la convocatoria es de 20.772.507,00 euros.
Objeto
Se convocan, en régimen de concurrencia no competitiva, los incentivos del «Programa 1. Sector residencial y edificios e instalaciones públicas» previstos en la Orden de 24 de abril de 2025, de la Consejería de Industria, Energía y Minas, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de incentivos para el uso eficiente de la energía en Andalucía. La convocatoria comprende tres actuaciones: el subtipo 1.1.2 (eficiencia energética en viviendas y edificios residenciales privados), el subtipo 1.2.1 (eficiencia energética en edificios públicos no residenciales) y el tipo 1.3 (energías renovables en viviendas y edificios residenciales privados). El Programa 1 se encuadra en los objetivos específicos 2.1 (fomento de la eficiencia energética y reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero) y 2.2 (fomento de las energías renovables) del Programa de Andalucía FEDER 2021-2027.
En el subtipo 1.2.1 son subvencionables, entre otras, las actuaciones sobre carpintería, aislamiento de fachadas y cubiertas, elementos de sombreamiento, climatización, recuperación de calor e iluminación. Pueden incluirse instalaciones de energías renovables (fotovoltaica de autoconsumo, solar térmica, biomasa, aerotermia y almacenamiento) con un máximo del 50% de la inversión incentivable. Las actuaciones deben ubicarse en Andalucía, fuera de espacios productivos, y cumplir el principio DNSH y las medidas de la evaluación ambiental estratégica del Programa Andalucía FEDER 2021-2027. Cada solicitud puede incluir un único tipo o subtipo de actuación.
Beneficiarios
Para el subtipo 1.2.1 pueden solicitar los incentivos las entidades locales territoriales y las entidades del sector público local dependientes o vinculadas a ellas. Deben figurar en el Inventario de Entes Públicos del Ministerio de Hacienda.
Si la entidad local contrata la ejecución mediante la modalidad de servicios energéticos, la solicitante será la propia entidad local o del sector público local. En ese caso, el contrato debe incluir necesariamente que la entidad pública adquiera las instalaciones o equipos, y su vigencia no puede ser inferior a cinco años.
Las actuaciones 1.1.2 y 1.3 están dirigidas a personas físicas y jurídicas, comunidades de energía y comunidades de propietarios.
Plazo, lugar y forma de presentación
Las solicitudes se cumplimentarán y presentarán de forma electrónica, mediante los formularios que apruebe la Agencia Andaluza de la Energía antes de la apertura del plazo. Irán dirigidas a la persona titular de su Dirección Gerencia y se presentarán a través de: https://incentivos.agenciaandaluzadelaenergia.es/orden24en/
El plazo comenzará a las 9:00 horas del día 22 de octubre de 2026 y permanecerá abierto hasta que se declare su conclusión por resolución de la Dirección Gerencia de la Agencia Andaluza de la Energía. En su defecto, finalizará el 30 de septiembre de 2027. Podrá ampliarse previa publicación de la correspondiente resolución en el BOJA. La tramitación está sujeta a disponibilidad presupuestaria, y se inadmitirán las solicitudes que lleguen una vez agotado el crédito.
Fecha de la publicación de la Resolución y su extracto en el BOJA: 25 de septiembre de 2026
Documentos adicionales
CONVOCATORIA_eficiencia-energetica-edificios-publicos-feder-andalucia-2026
EXTRACTO_eficiencia-energetica-edificios-publicos-feder-andalucia-2026