Convocatoria Ayudas LEADER 2026 MENDINET

Estado


Abierto

Convocante


Mendinet

Procedencia


CC.AA.

Importe


Revisar el documento de convocatoria de la ayuda.

Objeto


La presente convocatoria tiene por objeto convocar las ayudas destinadas a cumplir con los objetivos fijados en la Estrategia de Desarrollo Local Participativo, enfoque LEADER, aprobada mediante Resolución de 2 de agosto de 2023, de la directora de Desarrollo Rural y Litoral y Políticas Europeas, todo ello según lo dispuesto en el Plan Estratégico de la Política Agraria Común (PEPAC) 2023-2027, aprobado por Decisión de la Comisión (2022) 6017 final, de 31 de agosto de 2022, y modificado posteriormente en cuatro ocasiones mediante las decisiones C(2023)5746, C(2024)6133, C(2025)5713 y C(2025)8557.


Las medidas objeto de esta convocatoria son las que se detallan a continuación:

I) Medida de emprendimiento e intra -  emprendimiento.
II) Medida de apoyo a las inversiones en empresas no agrarias y en diversificación agraria.
III) Medida contratación por cuenta ajena.
IV) Medida de habilitación de espacios. Esta medida está destinada a la creación y/o adecuación de espacios destinados a albergar actividad económica para terceras personas que se vayan a instalar en dicho espacio. Los espacios/locales pueden albergar diferentes usos (coworking, oficinas, hostelería, etc.). Apoyar la promoción de espacios constituye un impulso al emprendimiento y a la generación de actividad económica en el medio rural de Euskadi, eje sobre el que pivota la Estrategia de Mendinet. Se apoyarán la habilitación de espacios donde se desarrollen proyectos agroalimentarios siempre y cuando ofrezcan un servicio a la población y que sean de uso compartido. 


Beneficiarios


Pueden ser beneficiarias personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, incluidas entidades sin personalidad jurídica, siempre que puedan ejecutar los proyectos. En el caso de agrupaciones, todos sus miembros serán considerados beneficiarios y deberán cumplir los requisitos.


Podrán ser entidades beneficiarias:


Las entidades locales, según lo dispuesto en al artículo 2 de la Ley 2/2016 de Instituciones Locales de Euskadi:


o El municipio.


o Los concejos y cualesquiera otras entidades locales territoriales de ámbito inferior al municipio, conforme a la normativa foral de cada territorio y lo dispuesto en la legislación básica de régimen local.


o Las Mancomunidades de municipios.


o Las Cuadrillas del territorio histórico de Álava.


o Cualesquiera otras entidades que agrupen a varias entidades locales, bajo la denominación específica que corresponda, conforme a lo dispuesto en esta ley y demás normativa que sea de aplicación.


• El sector público institucional local (organismos autónomos locales, entidades públicas empresariales locales y sociedades mercantiles de titularidad pública local).


• Las Asociaciones de Desarrollo Rural.


• Las entidades sin ánimo de lucro (fundaciones, asociaciones, etc.).

Plazo, lugar y forma de presentación


El plazo de presentación es de un mes desde la publicación de la convocatoria.


Fecha de publicación : 20 de abril de 2026


Las solicitudes deben presentarse obligatoriamente por vía electrónica a través de la sede del Gobierno Vasco, utilizando el modelo específico según la línea de ayuda (medidas I, II, III y IV).

Documentos adicionales


CONVOCATORIA Ayudas LEADER 2026

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