Orden de 26 de enero de 2026 de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se convocan ayudas destinadas a la prevención de daños y selvicultura, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común (PEPAC) de España 2023-2027, para el año 2026

Estado


Abierto

Convocante


Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio. Castilla y León

Procedencia


CC.AA.

Importe


Las ayudas se concederán por un importe total de 45.000.000 € para un período de cinco años.

Objeto


La presente orden tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de ayudas para la elaboración de planes quinquenales de actuaciones preventivas de daños a los bosques y de selvicultura, así como para la realización de los tratamientos selvícolas e infraestructuras forestales incluidos en dichos planes, conforme a lo establecido en los artículos 1 y 8 de la Orden MAV/1479/2025, de 19 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras relativas a las ayudas para la prevención de daños y selvicultura, contenidas en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España para el período 2023-2027, y cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

Beneficiarios


Podrán ser beneficiarios de las ayudas previstas en esta orden:
a) Las personas físicas o las personas jurídicas titulares de explotaciones o terrenos forestales en régimen privado.
b) Las agrupaciones integradas por varios titulares de explotaciones forestales, sin necesidad de constituirse con personalidad jurídica, para realizar en común todas las actuaciones previstas en esta orden. Los solicitantes que tengan plan de gestión forestal aprobado y en vigor no podrán agruparse con solicitantes cuyas explotaciones forestales no cuenten con un plan de gestión forestal en ese estado. Las agrupaciones tendrán que nombrar como representante a uno de los miembros de la agrupación con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que corresponden a la agrupación. Las entidades locales sólo se podrán agrupar entre sí, no pudiendo agruparse con cualquier otro tipo de beneficiario.
c) Las comunidades de bienes, titulares de explotaciones o terrenos forestales en régimen privado.

Plazo, lugar y forma de presentación


Desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la orden en el Boletín Oficial de Castilla y León hasta el 20 de marzo de 2026, inclusive.

Fecha de publicación del extracto el Boletín Oficial de Castilla y León: 29 de enero de 2026 (BOCYL nº 19)

Presentación de solicitudes sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, accesible a través de la dirección https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es.

Documentos adicionales


Convocatoria_26 de enero

Extracto_Orden 26 de enero

BBRR_Orden MAV 1479-2025 19 diciembre

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