Decreto 192/2025, de 16 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a la mejora, acondicionamiento, conservación y mantenimiento de los caminos rurales públicos de titularidad municipal en Extremadura, y se aprueba la primera convocatoria para el año 2026.
Estado
Abierto
Convocante
Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural
Procedencia
CC.AA.
Importe
La cuantía de la ayuda seré de:
1.- Línea 1: La cuantía máxima de las ayudas para la adquisición de maquinaria será de trescientos mil euros (300.000,00 €).2.- Línea 2: La ayuda consistirá en una subvención calculada de forma proporcional por tramos, aplicando los siguientes porcentajes sobre cada tramo de inversión aprobada como subvencionable:
1. Primer tramo:
-
Para la parte de inversión hasta 50.000 euros, se aplicará el 75%.
2. Segundo tramo:
-
Para la parte de inversión comprendida entre 50.000,01 euros y 150.000 euros, se aplicará el 50%.
3. Tercer tramo:
-
Para la parte de inversión comprendida entre 150.000,01 euros y 300.000 euros, se aplicará el 25%.
El importe total de subvención será el sumatorio de los importes resultantes de los porcentajes de aplicación de cada tramo de inversión.
De esta forma, para una inversión aprobada de 200.000 euros, la subvención se calculará así:
1. Primer tramo (0 € – 50.000 €):
50.000 € × 75% = 37.500 €
2. Segundo tramo (50.000,01 € – 150.000 €):
100.000 € × 50% = 50.000 €
3. Tercer tramo (150.000,01 € – 200.000 €):
50.000 € × 25% = 12.500 €
Total, subvención:
37.500 € + 50.000 € + 12.500 € = 100.000 €
La inversión subvencionable será determinada en cada caso por la Administración Autonómica de manera justificada en el informe técnico, que se elaborará al efecto de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 del presente Decreto.
Objeto
El presente decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras y aprobar la convocatoria de ayudas para el año 2026 destinadas a la mejora y conservación de los caminos rurales públicos de titularidad municipal de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en concordancia con el Plan de Caminos Rurales Públicos en Extremadura (Período 2023/2027).Las ayudas reguladas en este decreto se articularán a través de las siguientes líneas de subvención:
a) Línea I: Ayudas para la adquisición de maquinaria destinada a la conservación y mejora de los caminos rurales públicos.
b) Línea II: Ayudas a municipios y entidades locales menores para la reparación de caminos rurales públicos que hayan sufrido deterioros que impidan o dificulten el tránsito ordinario o que comprometan su viabilidad o la de sus infraestructuras auxiliares, como consecuencia de causas accidentales.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias de las ayudas que se regulan en el presente Decreto:
a) Línea I: Ayudas para la adquisición de maquinaria nueva: mancomunidades integrales y municipios que sean titulares de parques de maquinaria destinados a la conservación y mantenimiento de los caminos rurales que discurren por los términos municipales que las integran, con independencia de su número de habitantes.
b) Línea II: Ayudas para la reparación y restauración de caminos rurales públicos dañados: municipios con menos de cinco mil habitantes y entidades locales menores, respecto a los caminos rurales públicos de titularidad municipal que discurran por su territorio.
Plazo, lugar y forma de presentación
El plazo de presentación de solicitudes será de 1 mes contados desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el DOE.
Fecha de publicación de la convocatoria en el DOE: 20/01/2026
Las solicitudes se presentarán exclusivamente de forma electrónica a través del punto de acceso general electrónico (https://www.juntaex.es/w/0730125).
Solamente se podrá formular una solicitud por entidad beneficiaria. Cuando, dentro del plazo de admisión, una misma entidad solicitante formule más de una solicitud, se considerará que desea que se tramite la presentada en último lugar.
Documentos adicionales
Decreto 192-2025 16 diciembre 2025_BBRR y CONVOCATORIA